Dentro de la "Ley de Planta de las Fuerzas Armadas" los empleados civiles profesionales estarán integrados por 4 escalafones:
a)Justicia: Título de Abogado
b)Sanidad: Título de Médico Cirujano o Cirujano Dentista
c)Finanzas:Título de Ingeniero Civil, Ingeniero Comercial o Contado Auditor
d) Administración: Título de contabilidad, administración pública o de empresas, comunicación o relaciones públicas, estadísticas, secretariado ejecutivo,etc.
Ahora estos empleados civiles pueden tener dos modalidades de contratación :
a)Personal a contrata:Pueden ser profesionales, técnico o administrativos cuyo contrato es de carácter transitorio y expira el 31 de diciembre de cada año por el sólo ministerio de la Ley. No obstante, en caso de seguir necesitando con los servicios para el siguiente año, es posible renovar el contrato por otro período.
b) Personal a honorarios: La institución contrata sobre la base de honorarios a profesionales, técnicos de nivel superior o expertos en determinadas materias cuando deban realizarse labores no habituales o accidentales para cometidos específicos. La selección de este personal se lleva a cabo a través de un concurso público o bien mediante selección directa, según la función y período en que se desarrolla la actividad.
Ahora según la Ley 15.076 permite el ingreso a la planta institucional con régimen previsional en CAPREDENA (Caja de Previsión de Defensa Nacional) y con roles de horas funcionarias a profesionales Médicos, Cirujanos Dentistas y Químicos Farmacéuticos para servir en diferentes instalaciones de salud del Ejército. La selección de este personal se realiza a través de un concurso público o mediante selección directa, según necesidades.
Los requisito generales que solicitan en la Armada para ingresar como empleado Civil son:
a) Ser Chileno
b) Sexo Masculino O femenino
c)Estar en posesión de Título Profesional o Técnico que corresponda
d)Tener salud compatible con el cargo
e) Otros requisitos específicos de a cuerdo con la naturaleza de contratación que se realizará.
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